Entra en vigencia Ley de cadena perpetua en Nicaragua

La reforma del Artículo 37 referido a la prisión perpetua y establecido en la Constitución Política de Nicaragua fue publicado este 19 de enero en La Gaceta, Diario Oficial; un día después de que la Asamblea Nacional aprobara la segunda legislatura a la reforma. Desde este momento, la ley entra en vigencia y un acto considerado como “crimen de odio”, podría ser condenado a cadena perpetua.

La Constitución establecía como pena máxima 30 años en la cárcel, con la reforma al Artículo 37 quedaría de esta forma:

La pena no trasciende de la persona del condenado. No se impondrá pena o penas que aisladamente o en conjunto duren más de 30 años. Excepcionalmente se impondrá la pena de prisión perpetua revisable para la persona condenada por delitos graves, cuando concurran circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes e inhumanas que por su impacto causen conmoción, rechazo, indignación, repugnancia en la comunidad nacional. La ley de la materia determinará y regulará su aplicación.

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Para el Centro Nicaraguense de Derechos Humanos (CENIDH), la aprobación de esta reforma evidenciala desesperación del régimen por legalizar la represión. “El Cenidh rechaza la manipulación a la figura del poeta Rubén Darío, al aprobar un instrumento más de represión para el pueblo en su casa natal”, escribieron vía Twitter.

El CENIDH también hizo un llamado a familiares de privados de libertad para no dejarse intimidar, “la aplicación de la Ley no es retroactiva y para aplicarla se requiere una reforma al Código Penal…el CENIDH exige al régimen Ortega Murillo cese la represión revestida de supuesta legalidad. Hace un llamado al pueblo a continuar en la lucha por sus derechos”, agregaron.

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